El pasado Abril, os hablábamos en un post de una serie de subvenciones ofrecidas por SODERCAN para ayudar a las empresas de Cantabria a cubrir, entre otros, los gastos de constitución de una empresa hasta en un 70%, lo que inluye su imagen corporativa, página web, plan de social media marketing, etc. Posteriormente, se ha publicado en el BOC las bases de una nueva convocatoria de subvenciones ofrecidas por la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, dirigida por Francisco Martín.
Los beneficiarios de estas nuevas ayudas, podrán ser pequeñas empresas con domicilio fiscal en Cantabria (Se entenderá por pequeñas empresas las que tengan una plantilla inferior a 50 personas, cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance general sea inferior a 10.000.000,00 €, y que no estén participadas en cuantía superior al 25% de su capital por otra u otras empresas de forma que el grupo consolidado supere los límites anteriores):
- Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes
- Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes
- Comercio en almacenes populares
- Comercio mixto o integrado al por menor
- Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente
- Reparación de artículos eléctricos para el hogar y reparación de otros bienes de consumo
- Alquiler de bienes de consumo
- Lavanderías, tintorerías y servicios similares
- Salones de peluquería e institutos de belleza
- Servicios fotográficos y servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras
- Servicios de enmarcación
En el apartado ‘Incorporación de nuevas tecnologías e innovación’ serán subvencionables, entre otros conceptos, los gastos de desarrollo de páginas web, al menos con catálogo de producto, y de desarrollo de sistemas de comercio electrónico. En la memoria se describirán los contenidos y las funcionalidades de la página web y, en su caso, los servicios de comercio electrónico que presta (buscador de productos, recogida de pedidos, sistema de pago, etc.)
Serán también subvencionables los costes de ampliación de páginas existentes siempre que supongan un avance significativo sobre las prestaciones contempladas inicialmente. En la memoria deberán describirse los nuevos contenidos, funcionalidades o servicios que se amplían respecto a las anteriores prestaciones.
También serán subvencionables los costes de implantación de los servidores soporte de estos servicios, así como la adecuación de las páginas web y/o comercio electrónico existentes para el soporte de estos dispositivos móviles.
Las subvenciones podrán alcanzar hasta un 30-35% del gasto total hasta un máximo de 6000€ por cada beneficiario. Los trabajos deben haber sido realizados y pagados íntegramente antes del 31 de Agosto de 2016. Se solicitará como comprobante la factura y una memoria justificativa del trabajo.
El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación correspondiente empezará contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y terminará el 31 de agosto de 2016.
El lugar de presentación será el Registro Delegado de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, en el Registro Electrónico Común en la dirección electrónica “sede.cantabria.es“, o por cualquiera de los medios establecidos por la ley.
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Más información sobre esta ayuda en la web oficial.