¡Por fin han llegado las esperadas subvenciones en Castilla-La Mancha 2018!
Además en esta ocasión han llegado importantes subvenciones para que podáis lanzar, por fin, vuestra plataforma de venta online. Es decir, es objeto de subvención el crear una página web de venta online (e-commerce).
E-commerce
No te vamos a engañar, este es un servicio que requiere cierto desembolso económico y, sobre todo, si estás buscando un servicio profesional y que represente tu negocio fielmente, que sea de fácil navegación para los clientes y que cuente con todas las novedades del sector para hacer que tus clientes, al navegar por tu web, no solo compren, si no que vivan una experiencia. Así que es una buena ocasión para tratar de ‘sufragar’ este gasto que tanta falta le hace a tu negocio y que, sin duda, te hará crecer. ¿A qué esperas?
Por si no conoces las ventajas que tiene una e-commerce, nosotros te contamos 10 en este post.
Subvenciones en Castilla-La Mancha 2018
El plazo de solicitud va del 17 de mayo al 16 de junio de 2018 y en esta ocasión las subvenciones van dirigidas a impulsar la modernización, mejora y promoción del comercio minorista.
Se podrán solicitar subvenciones para muchos ámbitos, entre ellos:
- Desarrollo e implantación de una página web de comercio electrónico (e-commerce).
- aboración de un manual de identidad corporativa.
- Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial.
- Obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial.
- Inversiones en iluminación, decoración, pintura, escaparates, fachadas, o la eliminación de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso de personas con movilidad reducida y las obras imprescindibles para estas actuaciones.
- Adquisición del equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como aquellos necesarios para el ahorro energético y para garantizar la seguridad de los establecimientos.
- Adquisición, instalación y montaje de equipamiento informático y/o tecnológico específico para la gestión empresarial, incluida la inversión en terminales de puntos de venta, balanzas electrónicas y similares.
No serán subvencionables dentro de esta línea los siguientes conceptos:
- La adquisición de ordenadores portátiles, táblets, smartphones o cualquier otro dispositivo portátil.
- Los programas antivirus, así como actualizaciones de software, renovación de licencias o cualquier gasto de mantenimiento.
- El mantenimiento de la página web o la actualización de una existente, no admitiéndose dominios registrados bajo la titularidad de terceras personas.
- La adquisición de bienes de segunda mano.
- Las compras de mercancías objeto de la comercialización.
- Los portes y otros costes de transporte.
- Los gastos de funcionamiento de la actividad, que tenga carácter periódico o continuo.
- La adquisición de bienes o realización de gastos que no sean estrictamente necesarios para la actividad comercial, así como aquellos que puedan ser afectados al uso personal del titular de la actividad, socio o copropietario.ç
Aquí tenéis la información y requisitos detallados desde la JCCM, por si es de vuestro interés.
Y si necesitáis presupuesto para vuestro e-commerce, consúltanos aquí